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Trinidad y II concilio Constantinopla (año 553)

Durante muchos siglos la Iglesia ha aprobado diversas aclaraciones sobre la teología cristiana en los concilios. La Trinidad ya afirmada como Padre, Hijo y Espíritu Santo frente a herejías que no aceptaban como tal, encuentra una DEFINICIÓN en forma de anatema en el II concilio de Constantinopla del año 553. El anatema o formulación que rechaza lo contrario de lo que el canon recoge de dicho concilio queda explicitado de la siguiente forma:



Can. 1. Si alguno no confiesa una sola naturaleza o sustancia del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, y una sola virtud y potestad, Trinidad consustancial, una sola divinidad, adorada en tres hipóstasis o personas; ese tal sea anatema. Porque uno solo es Dios y Padre, de quien todo; y un solo Señor Jesucristo, por quien todo; y un solo Espíritu Santo, en quien todo.

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